Las colaboraciones entre marcas, o «co-branding», son una de las estrategias de marketing más potentes de la actualidad. Adidas y Lego, Spotify y Uber, GoPro y Red Bull… hemos visto cómo la unión de dos marcas puede generar productos innovadores, alcanzar nuevas audiencias y crear un impacto mediático masivo.
Sin embargo, detrás de cada colaboración exitosa, hay una estructura legal sólida que protege a ambas partes. Lanzarse a un co-branding sin considerar los aspectos de propiedad industrial es como casarse sin un acuerdo: puede ser emocionante al principio, pero puede terminar en un desastre muy costoso.
¿De Quién es la «Nueva» Marca?
Cuando dos marcas colaboran en un producto, surge una pregunta fundamental: ¿quién es el dueño de la propiedad intelectual resultante? ¿El nuevo logo combinado? ¿El nombre del producto conjunto? Existen varias formas de manejarlo:
- Contrato de Licencia Cruzada: Es el método más común. Cada marca sigue siendo dueña de su propia identidad, pero se otorgan mutuamente una licencia temporal y específica para usar sus marcas en el producto o campaña de colaboración. El contrato debe definir claramente los límites: duración, territorio, usos permitidos, etc.
- Creación de una Nueva Marca en Co-propiedad: Las empresas pueden decidir registrar la nueva marca (ej: «Adidas x Lego») a nombre de ambas. Esto crea una co-propiedad, donde ninguna de las dos puede tomar decisiones sobre la marca sin el consentimiento de la otra. Requiere un alto nivel de confianza y un acuerdo de co-titularidad muy detallado.
Riesgos a Considerar Antes de Colaborar
- Dilución de Marca: Si colaboras con una marca que tiene una mala reputación o que sufre una crisis, tu propia marca puede verse afectada por asociación.
- Confusión del Consumidor: Si la colaboración no está bien definida, los consumidores pueden no saber a quién atribuir la calidad (o los defectos) del producto.
- Conflictos de Propiedad: Sin un contrato claro, pueden surgir disputas sobre quién tiene derecho a seguir usando los elementos creados durante la colaboración una vez que esta termina.
El Contrato: Tu Red de Seguridad
Antes de anunciar cualquier colaboración, es indispensable tener un contrato de co-branding redactado por expertos. Este documento debe estipular, como mínimo:
- La titularidad de las marcas involucradas.
- Los términos exactos de la licencia de uso.
- Las responsabilidades de cada parte en cuanto a calidad y marketing.
- La duración de la colaboración y qué sucede al terminar.
- Cómo se repartirán los ingresos y los costos.
El co-branding es una herramienta poderosa para crecer, pero solo si se hace de forma inteligente y protegida.¿Estás pensando en una colaboración? Antes de dar el sí, asegúrate de que tu marca esté protegida, para lo cual nos puedes contactar para ayudarte a registrarla.

